Publicado el 20 de agosto de 2026
El terremoto de magnitud 7.4 que sacudió a Colombia el pasado 10 de agosto de 2026, con epicentro que afectó fuertemente a Buenaventura, Chocó y otras regiones del suroccidente del país, dejó un saldo de más de 29.000 viviendas destruidas, 134.000 inmuebles con daños y cientos de víctimas fatales. Ante esta emergencia, los fondos de pensiones y cesantías en Colombia activaron mecanismos de apoyo para las personas afectadas.
Uso de cesantías para reparar tu vivienda
Según Asofondos, el gremio que agrupa a los principales fondos privados de pensiones y cesantías del país (Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia, con cerca de 11,7 millones de afiliados), las personas cuya vivienda resultó afectada por el sismo pueden solicitar el retiro de sus cesantías para reparación o mejora del inmueble.
Documentos que normalmente se requieren:
- Carta de autorización de la entidad correspondiente.
- Documento de identidad.
- Escritura o certificado de tradición de la propiedad.
- Contrato de obra o cotizaciones de materiales y servicios.
De acuerdo con voceros de Asofondos, una vez aprobada la solicitud, el desembolso de las cesantías puede realizarse en cuestión de días.
Auxilio funerario para las familias de las víctimas
Los fondos de pensiones también contemplan un auxilio funerario, que puede oscilar entre 5 y 10 salarios mínimos mensuales, para las familias de afiliados o pensionados que fallecieron a causa del terremoto. Este beneficio requiere presentar el certificado de defunción y las facturas de los gastos funerarios ante el fondo correspondiente.
Pensión de sobrevivientes e invalidez
Además del auxilio funerario, el sistema pensional colombiano contempla protección para quienes pierdan capacidad laboral o para las familias de quienes fallezcan:
- Pensión de invalidez: para personas con una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%, sin importar la edad, siempre que se acrediten 50 semanas de cotización dentro de los 3 años anteriores al hecho.
- Pensión de sobrevivientes: para los beneficiarios de un afiliado fallecido (cónyuge o compañero(a) permanente, hijos menores de 18 años, estudiantes entre 18 y 25 años económicamente dependientes, hijos en condición de discapacidad y, a falta de estos, padres o hermanos dependientes en condición de discapacidad).
Un aspecto importante: si bien el derecho a estas prestaciones no prescribe, presentar la solicitud a tiempo evita la reducción del monto retroactivo que recibirían las familias, por lo que se recomienda iniciar el trámite lo antes posible.
Oficinas de Colpensiones cerradas temporalmente
Como medida de seguridad tras el sismo, Colpensiones cerró temporalmente 16 oficinas de atención en Quibdó, Pereira, Armenia, Manizales, Barrancabermeja, Ibagué, Cali, Buenaventura, Buga, Palmira, Tuluá, Tumaco, Popayán, Pasto e Ipiales, mientras se verifican las condiciones de las instalaciones. La entidad recomendó a los usuarios consultar únicamente sus canales oficiales antes de desplazarse a un punto de atención presencial.
Mientras se restablece el servicio presencial, los canales virtuales y telefónicos continúan operando: línea nacional gratuita 01 8000 41 09 09, además de las líneas de atención en Bogotá y Medellín.
¿Cómo te podemos ayudar?
Si tú o un familiar resultaron afectados por el terremoto y tienen dudas sobre cómo acceder a cesantías, auxilio funerario, pensión de invalidez o de sobrevivientes, en Solo Pensiones te acompañamos en cada paso del trámite ante tu fondo de pensiones o Colpensiones. Contáctanos aquí.
Fuentes:
El Tiempo – ¿Afectado por el terremoto? Así puede usar sus cesantías y acceder a beneficios de su fondo de pensiones
Colombia.com – Víctimas del terremoto: así pueden las familias recuperar los gastos de exequias
La FM – Lista de oficinas de Colpensiones cerradas por terremoto